Nuestras Publicaciones

En la ANEFAC, estamos dedicados a fomentar y difundir conocimientos esenciales en materia fiscal y tributaria. Nuestra sección de Publicaciones es un recurso valioso donde expertos y profesionales del sector comparten sus estudios, análisis y perspectivas sobre temas actuales y relevantes.

Desde artículos técnicos hasta ensayos detallados, cada publicación busca enriquecer la comprensión y ofrecer soluciones innovadoras a los desafíos fiscales del presente. Descubre cómo nuestras publicaciones pueden ayudarte a estar al día con las tendencias y regulaciones que modelan el panorama fiscal de México y más allá.

Las implicaciones fiscales y los retos de las empresas asociados con la reciente reforma en materia de teletrabajo

Las implicaciones fiscales y los retos de las empresas asociados con la reciente reforma en materia de teletrabajo

El 11 de enero de este año, el titular del Ejecutivo Federal publicó en el DOF el decreto para promulgar la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) en materia de teletrabajo, misma que adicionó un Capítulo XII BIS. En virtud de esa adición, los empleadores deberán a partir del 12 de enero –fecha en que entró en vigor la reforma–, acatar la normativa laboral. Sin embargo, la misma lleva de forma paralela implicaciones fiscales que los empleadores deberán revisar y atender, pues en virtud de la situación actual de la pandemia, así como de las nuevas tendencias en materia de trabajo remoto, varios empleadores están evaluando migrar a la modalidad de teletrabajo en términos de la LFT, por lo que se deberán tomar ciertas medidas para cumplir con las regulaciones al llamado home office, y con la normatividad fiscal, a efectos de otorgar el adecuado tratamiento en materia del impuesto sobre la renta (ISR), por las erogaciones que realice el empleador para cumplir con estas nuevas obligaciones, tanto en materia de deducibilidad, como en su obligación de retenedor hacia sus empleados.

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Sociedades civiles: Pagos provisionales del ISR y remanentes distribuibles a sus socios.

Sociedades civiles: Pagos provisionales del ISR y remanentes distribuibles a sus socios.

Como es sabido, las sociedades civiles, en su esencia, realizan actividades económicas que preponderantemente no tienen un fin lucrativo, pero, en efecto, poseen un objetivo económico al recibir y efectuar operaciones en las que se ven inmersos, sobre todo, recursos monetarios. En ese tenor, al ser personas morales cuyo objeto social principal es prestar servicios generalmente independientes y, al cobrar por estos, generan ingresos, los cuales sin duda las convierten en causantes del impuesto sobre la renta (ISR).

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Cálculo de la Cufin por ingresos exentos en sociedades del sector agropecuario.

Cálculo de la Cufin por ingresos exentos en sociedades del sector agropecuario.

A través de este análisis técnico, se destacan los puntos controvertibles del cálculo de la utilidad que corresponde a los ingresos exentos de una sociedad agropecuaria, misma que debe adicionarse al saldo de la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (Cufin) del ejercicio. Las disposiciones fiscales no son del todo claras sobre la forma de determinar este monto, lo que puede dar lugar a interpretaciones diversas. Por medio de esta colaboración, se propone una interpretación favorable para los contribuyentes.

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Repatriación de Capitales.

Repatriación de Capitales.

En 2017, el gobierno mexicano emitió un decreto de repatriación de capitales, con la finalidad de incentivar el retorno de los recursos provenientes de inversiones mantenidas en el extranjero. Este tuvo gran éxito, debido a su simplicidad, beneficios y la oportunidad para regularizar la situación fiscal en el país, dentro de un contexto de creciente intercambio de información financiera en materia fiscal, aunado al ambiente de confianza que se percibió en el medio, para que los contribuyentes se apegaran al programa. Sin embargo, a cinco años de la emisión del decreto, se han iniciado diversas revisiones con objeto exclusivamente de fiscalizar los ingresos repatriados conforme al programa de 2017; en ellas, las autoridades fiscales han sostenido algunas posturas que pudieran resultar contrarias a los criterios y explicaciones que, en su momento, dieron a conocer a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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Convención Multilateral

Convención Multilateral

El Instrumento Multilateral (MLI, por sus siglas en inglés) constituye una eficiente y sincronizada modificación a los convenios para evitar la doble imposición que busca fortalecer su abundante red a nivel mundial, así como combatir la elusión y la evasión fiscales, derivadas del abuso de esos convenios y mejorar la solución de controversias.

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Casos especiales sobre la emisión de CFDI.

Casos especiales sobre la emisión de CFDI.

Si bien podemos entender que es muy importante para los contribuyentes emitir correctamente los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Facturas Electrónicas (CFDI) por las operaciones que efectúen, y los complementos que en su caso les sean aplicables para evitar contingencias de tipo fiscal, en la práctica podemos encontrar algunas operaciones por la cuales no se encuentra claro, cómo debe emitirse el comprobante correspondiente, y sus respectivos complementos, así como quién debe hacerlo.

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Problemática en las devoluciones y compensaciones en México.

Problemática en las devoluciones y compensaciones en México.

En esta colaboración, analizamos la problemática actual en la devolución y la compensación del impuesto al valor agregado (IVA) en México, con referencia especial a la defensa legal del acreditamiento de este gravamen cuando la traslación es pagada mediante compensación.

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Plan Matusalén de conservación de la información y documentación relacionada con los movimientos de capital.

Plan Matusalén de conservación de la información y documentación relacionada con los movimientos de capital.

En los últimos años, la autoridad fiscal ha incrementado en diversas ocasiones el alcance de lo que debe considerarse contabilidad, atendiendo a diversos propósitos. Una de estas situaciones ocurrió en el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación (CFF) a través de la Reforma Fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2021 (DOF 8-XII-2020), en la cual se adicionaron y modificaron diversos párrafos del citado ordenamiento, para regular con mayor detalle el soporte documental que el contribuyente debe conservar en el caso de movimientos de capital, ya sea por aumentos o disminuciones, independientemente de la manera en la que se hayan realizado estas operaciones.

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